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Seguros de Vida

Para tu tranquilidad y la de los tuyos.

Seguros de Vida

Tu Seguro de Vida con Segurcondal

La primera pregunta que queremos contestar es sencilla, ¿A quién se dirigen los Seguros de Vida? Pues bien, estos seguros van dirigidos a todas aquellas personas, con o sin cargas familiares, que necesitan tener cubiertas sus necesidades económicas personales y familiares ante los riesgos relacionados con la vida. De esta forma, están orientados a aquellas personas preocupadas por dejar un nivel de vida satisfactorio a su familia en caso de fallecimiento.

A continuación repasamos las principales modalidades de Seguros de Vida así como las garantías que te ofrecemos. Para más información no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico info@segurcondal.com

Modalidades de Seguros de Vida

  • Temporal Anual Renovable
    • Creciente IPC: El capital crece anualmente según el IPC., la prima crece en función del capital y la edad del asegurado.
    • Constante: El capital se mantiene constante y la prima crece en función de la edad del Asegurado.
  • Temporal a Plazo
    • Constante : El capital y la prima se mantienen constantes durante toda la duración del contrato
    • Creciente : el capital y la prima crecen según el porcentaje elegido durante la duración del contrato
  • Amortización 
    • Temporal a Plazo Decreciente: El capital decrece según el periodo de amortización establecido y la prima se mantiene constante durante el plazo de pago de primas que estará en dependencia de la duración del contrato.

 

Garantía Principal Seguro Temporal

  • Garantía de Fallecimiento
    • Mediante este tipo de seguro , el Asegurador garantiza el pago a los Beneficiarios designados del capital garantizado en las Condiciones Particulares , en caso de fallecimiento del Asegurado cualquiera que sea la causa que lo produzca, con las delimitaciones y exclusiones que se especifican en las condiciones generales (Suicidio, Aviación, conflictos armados….)

 

Garantías Complementarias

  • Incapacidad Permanente Absoluta: Se considera como tal , la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por cualquier causa, determinante de la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional.
  • Incapacidad Permanente Total:
    • Situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por cualquier causa, determinante de la total ineptitud de éste para el ejercicio de su profesión habitual, expresamente declarada en el cuestionario-Solicitud y señalada en las Condiciones Particulares del Contrato
    • Entendemos por CONSOLIDADA:
      • La incapacidad permanente total proveniente de lesiones físicas, psíquicas o fisiológicas causadas por cualquier causa, siempre que el diagnóstico de esta situación se considere irrecuperable por los peritos médicos. (situación invalidante en la fecha en que, en su caso, se dicte la Resolución del Instituto Nacional de Seguridad social, con independencia de cual sea la fecha de los efectos económicos de la misma
  • Fallecimiento por Accidente: El derivado de las lesiones producidas por una causa violenta , súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado y ocurrida como máximo en el plazo de un año a partir de la fecha del Accidente
  • Fallecimiento por Accidente de Circulación: La derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita externa y ajena a la intencionalidad del asegurado y ocurrida como máximo en el plazo de un año a partir de la fecha del accidente y en las siguientes circunstancias:
  1. Como peatón , causada por un vehículo
  2. Como conductor pasajero de un vehículo terrestre
  3. Como usuario de transportes públicos: Terrestres, acuáticas o aéreos
  • Incapacidad Permanente absoluta por accidente: Se considera como tal , la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por un accidente, la derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado, determinante de la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional
  • Incapacidad Permanente absoluta por accidente de circulación: Se considera como tal , la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por un accidente de circulación, la derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado, determinante de la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional y producida en las siguientes circunstancias.
  1. Como peatón , causada por un vehículo
  2. Como conductor pasajero de un vehículo terrestre
  3. Como usuario de transportes públicos: Terrestres, acuáticas o aéreos
  4. Enfermedades Graves.